Principio de congruencia y debido proceso en la determinación de las prestaciones derivadas de un accidente laboral

La Corte dejó sin efecto una sentencia que condenó a una ART al pago de prestaciones de la LRT no reclamadas, por violar el principio de congruencia y exceder los límites del iura curia novit.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de la demanda de reparación integral promovida por la actora con fundamento en el derecho civil a raíz del fallecimiento de su cónyuge. Sin embargo, consideró acreditada la existencia de un infortunio comprendido en la Ley de Riesgos del Trabajo y, con fundamento en el principio iura curia novit, condenó a la ART al pago de las prestaciones dinerarias previstas en la ley 24.557.

La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia por considerarla arbitraria. Señaló que, tanto en la instancia prejudicial como durante todo el proceso, la actora había reclamado exclusivamente la reparación integral prevista por el derecho civil y había fundado su pretensión en las normas del entonces vigente Código Civil, sin solicitar en ningún momento las prestaciones tarifadas del régimen especial. Asimismo, destacó que la propia cámara había rechazado la acción civil al entender que la muerte se produjo por el accionar de un tercero ajeno a la relación laboral y fuera del ámbito de control y prevención de la empleadora y de la ART.

Los interesados pueden acceder al fallo completo en: https://mendozalegal.com/2026/06/12/principio-de-congruencia-y-debido-proceso/

Accidente de trabajo: ausencia de verificación de las circunstancias excepcionales para su dictado

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 que sustituye el artículo 12 de la ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus modificaciones.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y confirmó la sentencia de grado en cuanto, en lo que interesa destacar, declaró la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19, por el cual se sustituye el artículo 12 de la ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus modificaciones.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2025/07/31/accidente-de-trabajo-ausencia-de-verificacion-de-las-circunstancias-excepcionales/