Citación en garantía y límite de la cobertura: sentencia arbitraria

La Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia que extendió la condena a la aseguradora sin considerar adecuadamente el límite de cobertura pactado, calificando la decisión provincial como arbitraria.

Los actores promovieron una demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito y obtuvieron una sentencia favorable, cuya condena se extendió a la aseguradora citada en garantía. Esta cuestionó la decisión por no haberse consignado expresamente que su responsabilidad se encontraba limitada a los términos del contrato de seguro y al límite de cobertura pactado. Tras el rechazo de sus planteos por la Cámara de Apelaciones y por la Suprema Corte bonaerense, interpuso recurso extraordinario federal.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja y dejó sin efecto la sentencia impugnada por arbitrariedad. Señaló que la demanda, la contestación de la citación en garantía y la prueba incorporada al proceso evidenciaban la existencia y alcances de la póliza, cuyo límite nunca fue controvertido. Asimismo, destacó que la sentencia de primera instancia había reconocido la aplicación del art. 118 de la Ley 17.418, por lo que la omisión de esa referencia en la parte dispositiva no podía ser ignorada al resolver el caso.

Los interesados pueden acceder al fallo completo en el siguiente enlace: https://mendozalegal.com/2026/06/26/citacion-en-garantia-sentencia-arbitraria/

Responsabilidad civil internacional por daños en el Código Civil y Comercial de la Nación

El autor analiza el régimen internacional de responsabilidad civil del Código Civil y Comercial argentino, destacando su innovación en jurisdicción y derecho aplicable.

En este trabajo el autor analiza brevemente el régimen internacional de la responsabilidad civil por daños establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde 2015. En particular, se examina el régimen previsto en el Título IV, “Disposiciones de Derecho Internacional Privado”, Capítulo 3, “Parte especial”, Sección 13ª, “Responsabilidad civil”, comprendido en los artículos 2656 y 2657. El primero de ellos regula la jurisdicción, mientras que el segundo determina el derecho aplicable. La incorporación de normas de derecho internacional privado de fuente interna en materia de responsabilidad civil constituye una innovación significativa, dado que el Código Civil derogado carecía de disposiciones específicas sobre la materia.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, puedes consultar el texto completo de este trabajo, haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2025/10/31/responsabilidad-civil-internacional-por-danos-en-el-codigo-civil-y-comercial-de-la-nacion/

Matriculados del Colegio tendrán descuento en seguros de La Segunda

Entre otros beneficios, los profesionales con cuota al día al 31 de agosto podrán acceder a descuentos del 50% en coberturas de seguros de automóviles, viviendas, accidentes personales y mala praxis.

La presidenta del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, Andrea Maturana, firmó un convenio con el grupo asegurador La Segunda, por medio de su apoderado Facundo Cejas, a través del cual los matriculados, con la cuota al día al 31 de agosto, obtendrán beneficios en distintas coberturas.

Cuáles son los beneficios

Profesionales adheridos al Colegio, con la cuota al día hasta el 31 de agosto, podrán acceder a bonificaciones especiales en coberturas en las que opera La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales, La Segunda Personas S.A., La Segunda ART S.A. y La Segunda Retiro S.A.

Entre las coberturas ofrecidas se destaca “Mala Praxis profesional” cobertura con bonificaciones hasta el 31 de diciembre del 2022.

Habrá cobertura con el 50% de descuento en automóviles, Pick Ups y motovehículos; multicobertura en viviendas permanentes y accidentes personales. Además, emitirán pólizas individuales para cada profesional que pertenezca al Colegio.

Si los interesados ya estuvieran asegurados en La Segunda a través de agentes de la aseguradora, dichas operaciones seguirán canalizándose por allí y se les otorgarán las nuevas bonificaciones y apoyos técnicos establecidos en el convenio.

Para más información comunicarse con el Colegio a los teléfonos 4239366 ó 4239378.

Realizarán Jornada sobre Aspectos Legales de la Intermediación en la Actividad Aseguradora

Será el lunes 7 de octubre de 9 a 18 en el Hotel Huentala, Primitivo de la Reta 1007.

Está organizada por la Asociación de Productores Asesores de Seguros. Los interesados pueden inscribirse o hacer consultas por correo electrónico a consultas@apascuyo.org.ar o por teléfono al 261-4298934.