El Colegio de Abogados de Mendoza lanza un Espacio de Orientación Profesional para matriculados

La iniciativa ofrecerá orientación técnica y académica a abogados y procuradores de la Primera Circunscripción Judicial que se encuentren al día con el pago de su cuota. El servicio funcionará los viernes de cada mes, con turno previo, a través de las distintas comisiones de la institución.

El Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza puso en marcha un nuevo servicio destinado a fortalecer el ejercicio profesional de sus matriculados. Se trata del Espacio de Orientación Profesional, una iniciativa orientada a ofrecer asesoramiento técnico y académico a abogados y procuradores que se encuentren al día con el pago de su cuota.

El espacio tendrá carácter exclusivamente institucional y académico y buscará acompañar consultas técnicas vinculadas al ejercicio de la profesión, promoviendo además el intercambio de conocimientos y la actualización jurídica.

La atención se realizará los viernes de cada mes, de 10 a 13, únicamente con turno previo. Los interesados podrán solicitarlo hasta el miércoles anterior a la fecha de atención, a través del correo electrónico colegiomza-001@yahoo.com, por WhatsApp al 2612514941 o telefónicamente.

El servicio será prestado por las distintas comisiones académicas del Colegio, entre ellas las de Derecho Procesal Civil, Derecho Civil, Derecho Informático, Derecho de Familia y Derecho Laboral.

El cronograma de inicio prevé la participación de una comisión diferente cada viernes. La actividad comenzará el próximo viernes 5 de junio con la Comisión de Derecho Procesal Civil; continuará el 12 con la Comisión de Derecho Informático; el 19 será el turno de la Comisión de Derecho de Familia; y el 26 atenderá la Comisión de Derecho Laboral.

Desde la entidad destacaron que esta nueva propuesta busca generar un ámbito de consulta y orientación que contribuya al desarrollo profesional de los matriculados, promoviendo el intercambio académico y el fortalecimiento de la práctica jurídica.

Reparación integral por fallecimiento de un hijo: omisión de valorar circunstancias relevantes

La Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia indemnizatoria por fallecimiento de un hijo al considerar arbitraria la valoración del daño moral, la pérdida de chance y los gastos de traslado.

La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario interpuesto por los demandantes en una causa por daños y perjuicios derivados del fallecimiento de un hijo, y ordenó devolver las actuaciones al tribunal de origen para que dictara un nuevo pronunciamiento.

En relación con el daño moral, el Tribunal consideró insuficiente la fundamentación de la sentencia apelada, ya que había fijado su cuantía como un porcentaje del daño material sin explicar adecuadamente las razones que justificaban ese criterio. Recordó que, en los casos de muerte de un familiar cercano, el daño moral no constituye un perjuicio accesorio del daño material y, por lo tanto, no necesariamente debe guardar proporción con él.

Asimismo, cuestionó el rechazo del rubro “pérdida de chance”. Señaló que la víctima tenía empleo registrado y estable, realizaba tareas superiores a su categoría formal y contaba con perspectivas de crecimiento profesional, por lo que resultaba arbitrario concluir que su fallecimiento no había frustrado expectativas de progreso económico.

Por último, la Corte entendió que la reducción de los gastos de traslado omitió valorar adecuadamente las condiciones de salud del padre de la víctima, quien padecía enfermedades graves que requerían asistencia para movilizarse y dificultaban el uso del transporte público durante la internación de su hijo.

Los interesados pueden acceder al fallo completo en: https://mendozalegal.com/2026/05/22/reparacion-integral-por-fallecimiento-de-un-hijo/