Movilidad de las jubilaciones y pensiones: facultades del legislador

La Corte revocó la inconstitucionalidad del artículo 2° de la ley 27.426, afirmó que no hubo retroactividad ni derechos adquiridos afectados y sostuvo la validez de la nueva fórmula de movilidad previsional.

El actor promovió una acción de amparo para que se declarara la inconstitucionalidad de los artículos 1°, 2° y 3° de la ley 27.426, que modificaron el cálculo del haber inicial y la movilidad de las prestaciones jubilatorias. La Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 2°, decisión que motivó recursos extraordinarios de ambas partes. La Corte revocó ese pronunciamiento.

El Tribunal sostuvo que la ley impugnada no vulneró derechos adquiridos, pues al momento de su entrada en vigencia el reajuste previsto por la ley 26.417 para marzo de 2018 aún no se había devengado ni existían los elementos necesarios para su cálculo. El incremento correspondiente a marzo era un efecto pendiente del régimen anterior y, por lo tanto, susceptible de ser modificado sin afectar derechos consolidados. Asimismo, señaló que no hubo aplicación retroactiva: la ley 27.426 reguló consecuencias aún no cumplidas conforme al artículo 7° del Código Civil y Comercial.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2025/12/19/movilidad-de-las-jubilaciones-y-pensiones/

Accidente de trabajo: ausencia de verificación de las circunstancias excepcionales para su dictado

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 que sustituye el artículo 12 de la ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus modificaciones.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y confirmó la sentencia de grado en cuanto, en lo que interesa destacar, declaró la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19, por el cual se sustituye el artículo 12 de la ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 y sus modificaciones.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2025/07/31/accidente-de-trabajo-ausencia-de-verificacion-de-las-circunstancias-excepcionales/