El autor analiza el régimen internacional de responsabilidad civil del Código Civil y Comercial argentino, destacando su innovación en jurisdicción y derecho aplicable.
En este trabajo el autor analiza brevemente el régimen internacional de la responsabilidad civil por daños establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde 2015. En particular, se examina el régimen previsto en el Título IV, “Disposiciones de Derecho Internacional Privado”, Capítulo 3, “Parte especial”, Sección 13ª, “Responsabilidad civil”, comprendido en los artículos 2656 y 2657. El primero de ellos regula la jurisdicción, mientras que el segundo determina el derecho aplicable. La incorporación de normas de derecho internacional privado de fuente interna en materia de responsabilidad civil constituye una innovación significativa, dado que el Código Civil derogado carecía de disposiciones específicas sobre la materia.
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