Invitan a jornadas de capacitación básica del “Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud” (PROMESA)

Es una formación a distancia para mediadores. Comienza el 23 de febrero.

Las jornadas de capacitación básica del “Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud” (PROMESA) están destinadas a mediadores de Catamarca, Chaco, Chubut, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Misiones, Neuquén, Salta, San Luis, Santa Cruz, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

Se dictará bajo la modalidad a distancia y las inscripciones están abiertas hasta el 19 de febrero a través del siguiente link: https://complementos.jus.gov.ar/InscripcionCursos/Formulario/DNMMPRC-CursoPROMESA-FEBRERO2026 (completar ambas solapas o pestañas, datos personales y domicilio donde ejercerá).

ATENCIÓN: aquellos mediadores, de cualquier jurisdicción, que ejerzan la mediación a nivel local siendo empleados del poder judicial NO PODRÁN inscribirse como mediadores en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIACIÓN (conforme artículos 41 de la Ley N° 26.589 y 3 de la 23.187). Ello sin perjuicio del cumplimiento de los restantes requisitos vigentes.

Requisitos

  1. Mediadores de los registros provinciales de mediación: eventualmente se les requerirá acreditar la siguiente documentación:

a) Título de abogado y certificación del colegio profesional de abogados que acredite inscripción vigente y antigüedad profesional de 3 años.

b) Inscripción vigente en un Registro Provincial de Mediación (no serán válidas las inscripciones en foros), con antigüedad mínima de un (1) año.

c) Certificado de inexistencia de sanciones disciplinarias vigentes en el Registro Provincial de Mediación en el que se encuentre inscripto.

  1. Mediadores de la Capital Federal que ya integran el Registro Nacional de Mediación:

a) Estar inscriptos en el capítulo Registro de Mediadores del Registro Nacional de Mediación con una antigüedad mayor a UN (1) año y no poseer sanciones vigentes al momento de la solicitud de incorporación.

b) Haber cumplido con la actualización obligatoria de datos.

La documentación deberá ser aportada completa y en un único correo a la casilla: consultasmediacion@jus.gob.ar hasta el 19 de febrero.

La comprobación de la totalidad de los requisitos y de la documentación es condición excluyente para aplicar al examen de idoneidad, sin perjuicio de las demás exigencias que surgen de la normativa aplicable (por ejemplo, la asistencia al 80% de las jornadas de capacitación).

📅 Cronograma de Clases – Capacitación PROMESA

Primera semana

Lunes 23 de febrero de 10 a 13 hs.
Martes 24 de febrero de 10 a 13 Hs.
Miércoles 25 de febrero de 14 a 17 hs.
Jueves 26 de febrero 14 a 17 hs.

Segunda semana:

Lunes 2 de marzo 14 a 17 hs.
Martes 3 de marzo 14 a 17 hs.
Miércoles 4 de marzo 14 a 17 hs.
Jueves 5 de marzo 14 a 17 hs.

Evaluaciones

Martes 10 de marzo – Examen escrito, 11:00 hs
Jueves 12 de marzo – Exámenes orales, desde las 9:00 hs
Viernes 13 de marzo – Exámenes orales, desde las 9:00 hs.

La capacitación PROMESA aborda de manera integral los conflictos en materia de salud, combinando fundamentos normativos y de política pública, el funcionamiento del sistema sanitario argentino, la implementación operativa del procedimiento PROMESA, el rol técnico y ético del mediador en contextos de alta sensibilidad, y la dimensión clínica de las controversias sanitarias.

Las jornadas se realizarán a través de la plataforma ZOOM:

Enlace de acceso: https://us02web.zoom.us/j/86141204170?pwd=axWhWKK5HZ36mNNICx5qz9lCdxm3xa.1

ID de reunión: 861 4120 4170

Passcode: 513755

La instancia de evaluación se desarrollará en modalidad a distancia entre el 10 y el 13 de marzo de 2026. El día 10 será el examen escrito en el horario de 11 hs. y el día 12 o 13 el examen oral, a partir de las 9 hs.

Para más información: https://www.argentina.gob.ar/justicia/mediacion/mediadores/promesa

Comunidades indígenas en el derecho minero

Análisis del marco jurídico que regula la actividad minera en territorios indígenas, destacando la consulta previa como requisito constitucional y convencional para la protección de sus derechos.

El trabajo examina el marco jurídico aplicable a las comunidades indígenas frente a la actividad minera en la Argentina, desde una perspectiva constitucional, convencional y provincial. Parte del reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas y de sus derechos territoriales, consagrados en el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional y en el Convenio N.º 169 de la OIT, incorporado al derecho interno por la Ley 24.071 e integrante del bloque de constitucionalidad federal.

Se destaca que el Convenio 169 establece estándares fundamentales en materia de tierras, recursos naturales y consulta previa, libre e informada, imponiendo a los Estados el deber de garantizar la participación efectiva de las comunidades en las decisiones que puedan afectar sus territorios. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha reafirmado el carácter operativo y exigible de estos derechos.

Asimismo, el trabajo analiza la recepción de estos estándares en la normativa provincial, con especial referencia al caso de Mendoza, donde se reguló un protocolo específico de consulta previa en el ámbito minero. Se concluye que la actividad minera solo resulta jurídicamente legítima si respeta de manera efectiva los derechos territoriales, culturales y participativos de las comunidades indígenas. En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, puedes consultar el texto completo de este trabajo, haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2026/02/06/comunidades-indigenas-en-el-derecho-minero/

Otorgarán dos medias becas para siete cursos de verano en la Universidad de Mendoza

Será a través de un sorteo que organiza el Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza. Podrán participar, hasta el martes 10 de febrero a las 12, abogados y procuradores matriculados en la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza con su cuota al día. El sorteo será el miércoles 11 de febrero.

El Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza comunica la apertura de un sorteo de dos medias becas (por curso) para los Cursos de Verano 2026 organizados por la Universidad de Mendoza. Los cursos, de modalidad virtual y dirigidos al público general, ofrecen formación en seis áreas temáticas. Los seleccionados abonarán solo el 50 % del valor de cada curso.

Requisitos para participar

• Ser abogado o procurador matriculado en la 1° Circunscripción Judicial de Mendoza.
• Tener la cuota del Colegio al día.
• Inscripción al sorteo: a través del siguiente formulario en línea: https://docs.google.com/forms/d/1Ecpm_aC7UpMXZYpK6hoVx85TiAHj3wiH22wjFElX5-g/edit , hasta el martes 10 de febrero, a las 12.

El sorteo será el miércoles 11 de febrero.

Cursos disponibles

  • Ciclo el Derecho y la Literatura: El derecho en Shakespeare Quinta Edición Dirección: Fernando Bermúdez Coordinación: Trinidad Pérez Magnelli
  • Accidentes de tránsito Cuarta Edición Dirección: Silvina Furlotti y Raúl Martínez Appiolaza. Coordinación: María Belén Ghiotto, Fernando Avecilla, Tomas Casetti, Erica Von Zedwitz y María Paula Culotta
  • Derecho del Trabajo: Reforma Laboral Quinta Edición Dirección: Dante Granados Coordinación: Raúl Oyola
  • Internacionalización y gobiernos subnacionales Segunda Edición Dirección Honoraria: María Gabriela Ábalos. Dirección: Anabela Villach Vaquer Coordinación: Virginia Bordón
  • Justicia Municipal. En homenaje a los 110 años de la Constitución de Mendoza Dirección: María Gabriela Ábalos. Coordinación: Ezequiel Canepa Marisel García Ojeda
  • Boleta única, representación y partidos políticos. Dirección Honoraria: María Gabriela Ábalos. Dirección: Francisco Villegas. Coordinación: Pablo Hidalgo Arrabal
  • Derecho privado y tecnología. Dirección: Osvaldo Coll. Coordinación: Andrea Chidaine

Consultas: cursosdeverano.juridicas@um.edu.ar

Más detalles de los cursos: https://um.edu.ar/noticias/cursos-de-verano-2026-una-nueva-edicion-para-pensar-el-derecho-desde-multiples-miradas/  

Revocación de la donación por incumplimiento del cargo

La Cámara confirmó la revocación de una donación por incumplimiento del cargo, ponderando un doble contexto de vulnerabilidad: perspectiva de género y protección de la persona mayor.

El actor solicitó la revocación de la donación de la nuda propiedad de un inmueble, otorgada con reserva de usufructo vitalicio, por el presunto incumplimiento del cargo impuesto a la donataria, consistente en brindarle asistencia y cuidados personales durante su vida, en atención a su delicado estado de salud. La donataria alegó que el incumplimiento del cargo fue consecuencia exclusiva de la conducta del actor, quien habría ejercido violencia de género en su contra, circunstancia que la obligó a abandonar el inmueble poco tiempo después de concretada la donación.

El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y distribuyó las costas por su orden. La demandada apeló la sentencia y el actor adhirió al recurso en lo relativo a las costas.

La cámara destacó la concurrencia de un doble prisma de vulnerabilidad, derivado de la aplicación conjunta de la perspectiva de género y de los derechos de las personas mayores, como regímenes de protección de igual jerarquía. Por un lado, se encontraba una mujer que alegaba haber sido víctima de violencia de género; por el otro, un hombre adulto mayor, con ceguera parcial y un estado de salud precario, que no podía valerse por sí mismo y que había quedado en situación de desamparo tras el cese abrupto de la convivencia y de los cuidados que motivaron la donación.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2026/01/30/revocacion-de-la-donacion-por-incumplimiento-del-cargo/

Procesos relativos a niños, niñas y adolescentes: conflictos de competencia

La Corte Suprema declaró competente al juzgado civil del lugar de residencia del niño, priorizando su interés superior y evitando una aplicación mecánica de las reglas de competencia.

El fuero civil se declaró incompetente para entender en la medida cautelar promovida por la madre de un niño, mediante la cual solicitaba la suspensión de la orden de restitución a la provincia de Corrientes, dictada en una causa en trámite ante un juzgado de esa jurisdicción. Consideró aplicable el artículo 716 del Código Civil y Comercial de la Nación, en concordancia con la ley 26.061, y sostuvo que el centro de vida de niñas, niños y adolescentes se configura en el lugar donde hubieran transcurrido, en condiciones legítimas, la mayor parte de su existencia, por lo que, a los fines de determinar la competencia, debía prevalecer el lugar de la residencia habitual del niño.

La Corte Suprema de la Nación, por mayoría, dejó sin efecto dicha sentencia y declaró competente al juzgado nacional en lo civil para conocer en las actuaciones. Entendió que la aplicación mecánica de la norma citada, sin un adecuado análisis de las circunstancias fácticas del caso, tornaba irrazonable la decisión. Señaló que el fallo recurrido había efectuado una valoración parcial de los elementos aportados, al omitir considerar los antecedentes de violencia denunciados por la accionante, que habrían motivado el cambio de residencia del niño junto a su madre.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2026/01/23/procesos-relativos-a-ninos-ninas-y-adolescentes-conflictos-de-competencia/

Inteligencia Artificial Generativa (IAGEN) y defensa: ¿Cómo lograr la “convicción” de una máquina?

El autor examina el impacto de la IA generativa en la defensa judicial, desplazando la persuasión emocional por estrategias basadas en datos, jurisprudencia y comprensión algorítmica.

El autor analiza cómo la eventual sustitución del juez por herramientas de inteligencia artificial generativa transformaría de manera radical las estrategias de defensa. Tradicionalmente, la defensa se ha apoyado, más allá del análisis estrictamente jurídico, en la construcción de relatos orientados a persuadir emocionalmente al juez y a generar determinados marcos mentales. Esta estrategia perdería sentido en un escenario de decisión automatizada. En su lugar, el autor sostiene que la defensa debería reorientarse hacia técnicas basadas en datos, en la coherencia con patrones jurisprudenciales y en una comprensión precisa del funcionamiento algorítmico de la IA, desplazando la retórica dirigida al juez humano hacia una lógica de interacción con sistemas predictivos y transparentes de inteligencia artificial.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, puedes consultar el texto completo de este trabajo publicado en la Revista Ítalo-Española de Derecho Procesal (Madrid, 2025), haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2026/01/16/inteligencia-artificial-generativa-iagen-y-defensa/

Cuestionamientos a plataformas digitales de compraventa: conflicto de competencia

La Corte Suprema atribuyó competencia al fuero civil y comercial federal en una acción contra una plataforma digital, por requerir la interpretación central de la ley de Defensa de la Competencia.

A raíz de la acción de amparo y de la acción declarativa de inconstitucionalidad promovidas contra una plataforma de comercio electrónico, una empresa de logística y transporte y las autoridades de ambas sociedades, con el objeto de que se ordenara el cese de prácticas comerciales que el actor consideraba abusivas y desleales, se suscitó un conflicto de competencia entre la justicia en lo civil y comercial federal, la justicia en lo comercial y la justicia en lo contencioso administrativo federal. El actor, quien opera como vendedor en la plataforma demandada, cuestionó los sistemas de reputación y de logística implementados, la denominada “evaluación de la experiencia de compra”, denunció la existencia de prácticas desleales y de publicidad engañosa, y sostuvo que la demandada impedía la interoperabilidad de su plataforma con otras billeteras digitales y servicios de pago. Fundó su pretensión, principalmente, en las leyes 24.240 de Defensa del Consumidor y 27.442 de Defensa de la Competencia, así como en disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación.

La Corte Suprema sostuvo que, aun cuando la pretensión se apoyara en normas que integran el derecho común —como la ley 24.240—, el núcleo del planteo exigía de modo esencial e ineludible interpretar el alcance y sentido de la ley 27.442, de naturaleza federal, cuyo conocimiento se encuentra reservado a la justicia de excepción y excluido de la competencia de los tribunales locales.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2026/01/09/cuestionamientos-a-plataformas-digitales-de-compraventa/

Nuevo cuadernillo de jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos N°43 Ambiente y Derechos Humanos

La Corte IDH publicó un cuadernillo sobre Ambiente y Derechos Humanos, con énfasis en la emergencia climática y la Opinión Consultiva 32/25, sistematizando estándares jurisprudenciales regionales de forma accesible actuales.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha publicado el nuevo cuadernillo de jurisprudencia dedicado al tema Ambiente y Derechos Humanos en la jurisprudencia de la Corte Interamericana y, particularmente, a la emergencia climática, ampliamente desarrollada en la reciente Opinión Consultiva Nro. 32/25.

La Serie “Cuadernillos de Jurisprudencia” es una sistematización de los estándares internacionales en materia de derechos humanos de la Corte Interamericana. Su objeto es dar a conocer las principales líneas jurisprudenciales del Tribunal en diversos temas de relevancia e interés regional de manera accesible.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, puedes encontrar todos los cuadernillos de jurisprudencia en Mendoza Legal, haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2026/01/02/ambiente-y-derechos-humanos-jurisprudencia-de-la-corte-idh/

Más de 200 profesionales del Derecho cerraron el año en un Sunset entre viñedos

El atardecer en el predio que el Colegio de Abogados y Procuradores tiene en Maipú fue la oportunidad para que colegas compartieran el cierre de año entre música y viñedos. Al final de esta nota está disponible la galería de fotos de la celebración.

Como ya es tradición, matriculados en el Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza festejaron el fin de año en el predio Uvas Tintas. El atardecer, música del DJ Belisario Zaina, food trucks de «Auténtico», helados de «Guapaletas» y barra de cócteles de «El Ciervo» acompañaron a lo largo de la tarde-noche a los colegas que se acercaron a compartir un momento de diversión y entretenimiento.

A continuación, la galería con imágenes del encuentro.

Ya se puede descargar el calendario 2026 desde Mendoza Legal

Los interesados pueden ingresar a Mendoza Legal y descargarlo, o bien hacer click aquí: https://mendozalegal.com/wp-content/uploads/2025/12/Calendario-digital-2026.pdf

El Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial pone a disposición de los profesionales del Derecho su tradicional calendario 2026 para descargar e imprimir.

Los interesados pueden ingresar al sitio de Mendoza Legal https://mendozalegal.com/ y descargarlo, o bien hacer click aquí: https://mendozalegal.com/wp-content/uploads/2025/12/Calendario-digital-2026.pdf