Search
Close this search box.

Un fallo desarrolla los francos compensatorios y vacaciones estipuladas en el art. 156 de la LCT sin carácter retributivo

Es una decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que está disponible gratis en el sitio www.mendozalegal.com o aquí debajo.

Mendoza Legal es el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza. Una de sus últimas publicaciones ofrece un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VI del Poder Judicial de la Nación.

En el caso, el actor afirmó que la indemnización patrimonial fijada en primera instancia por ruptura anticipada del contrato de temporada resultó insuficiente. El actor había celebrado con la demandada un contrato de trabajo por temporada dentro del ámbito marítimo, y se comprometió a prestar servicios durante el período que corrió desde el 4 de enero de 2017 al 4 de abril de 2017. No obstante, fue despedido el 31 de enero de 2017, por lo que la magistrada de grado fijó una indemnización en los términos del art. 95 in fine y 97 de la LCT. La tesis del trabajador consistió en que, si hubiera trabajado el período completo, hubiera tenido derecho al cobro de francos compensatorios, vacaciones y aguinaldo.

La Cámara consideró correcto lo que se afirmó en materia del rubro aguinaldo toda vez que «de haber trabajado el actor durante el período en disputa, hubiera cobrado dicho adicional por cada día trabajado». Por ello, únicamente se elevó el monto indemnizatorio por daños y perjuicios.

Los interesados pueden consultar el fallo completo en: https://mendozalegal.com/2023/12/20/los-francos-compensatorios-y-las-vacaciones-estipuladas-en-el-art-156-de-la-lct-no-tienen-caracter-retributivo/

¡Felicidades!

El Directorio del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial saluda a sus colegas y sus familias, al personal y augura un 2024 de trabajo colectivo que fortalezca el servicio de justicia, pero sobre todo, un año en el que prevalezcan la comprensión, la empatía, el afecto.

La Federación Argentina de Colegios de Abogados se expresó sobre el DNU 70/2023

Anunció que se expedirá definitivamente sobre el particular y, en su caso, accionará legalmente en su defensa. El texto completo está disponible debajo en la nota.

La Federación Argentina de Colegios de Abogados hace saber que en relación al DNU 23/70 de fecha 20 de diciembre de 2023 dictado por el Poder Ejecutivo de la Nación, que se encuentra abocada a un exhaustivo análisis del mismo habiendo requerido opinión funda- da al Instituto de Estudios Legislativos sobre su constitucionalidad y afectación de su contenido a una gran parte de la legislación vigente.

Ello así toda vez que el dictado de DNU por parte del P.E. supone el ejercicio de una facultad excepcional que de modo alguno puede violentar la división de poderes, la plena vigencia de las Instituciones de la República y principios básicos del sistema Democrático. La F.A.C.A. fiel a estos valores asume el compromiso de expedirse definitivamente sobre el particular y en su caso accionar legalmente en su defensa.

Colegio de Abogados de Mendoza analizará el DNU 70/2023 desde el punto de vista constitucional

La Institución que representa a los profesionales del Derecho de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza solicita la presentación del Decreto de Necesidad y Urgencia ante la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación Argentina para su tratamiento.

El Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza comunica que, en ejercicio de las atribuciones que le competen, especialmente en la vinculación con la ciencia del Derecho y la legislación en general, se encuentra abocado al análisis jurídico y constitucional del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023, con la exclusiva intención de reforzar el cumplimiento irrestricto de nuestra Constitución Nacional, velar por el ejercicio legítimo del Poder Legislativo Nacional y defender el Sistema Republicano de Gobierno como garantías máximas del Estado de Derecho de la República Argentina.

En el marco antes expresado la Institución reclama la presentación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) número 70 del 2023, ante la Comisión Bicameral Permanente del Congreso de la Nación Argentina, para su pronto tratamiento en resguardo del Sistema Republicano de Gobierno.

Reproducir vídeo