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Instructivo para transferir por el sistema BNA NET

En el marco de lo dispuesto por Acordada Nº 29.508 la Administración General del Poder Judicial puso a disposición el instructivo de los conceptos que pueden transferirse por el Sistema BNA NET, que se puede consultar aquí debajo.

Además se informa la casilla electrónica a la que deben remitirse los oficios a Banco Nación Sucursal Tribunales solicitando la transferencia de honorarios de Responables Inscriptos.

Ante cualquier duda en el procedimiento pueden enviar un correo a la casilla usuariosbna@jus.mendoza.gov.ar con un teléfono de referencia.

Instructivo-convertido

Graciela Medina disertará on line sobre Derecho de Familia, Género y Coronavirus

Será el martes 7 de abril a las 18 a través de Zoom. Inscripciones e ingreso a la plataforma on line se solicita por correo electrónico en coordcomisiones@colabogmza.com.ar

Las comisiones académicas del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial retoman su actividad a través de plataformas on line. Así las comisiones de Derecho de Familia, Derecho Civil y Derecho Internacional organizaron una conferencia que analizará el Derecho de Familia, Género y Coronavirus.

La cita será a través de la plataforma on line Zoom el martes 7 de abril a las 18. La disertación estará a cargo de la Dra. Graciela Medina, jueza de Cámara Federal de Buenos Aires y profesora de la Universidad de Buenos Aires. En tanto la Dra. Milagros Berti y el Dr. Pablo de Rosas serán los moderadores.

Los interesados pueden inscribirse y solicitar el ID de ingreso a la plataforma zoom a través del correo electrónico: coordcomisiones@colabogmza.com.ar

Preocupación por riesgo a la salud pública

La Comisión de Derecho Previsional solicitó medidas para resguardar la salud pública y el trato a los adultos mayores.

El Colegio de Abogados y Procuradores de Mendoza, por intermedio de su Comisión Académica de Derecho Previsional, expresan su profunda preocupación ante el caos y peligro a la sanidad pública que se generó a partir de las medidas implementadas para el cobro de los haberes previsionales, donde miles de personas recibieron un trato indigno, pero además fueron expuestas al contagio, poniendo en grave riesgo su propia salud y la salubridad pública en general.

Entendemos que el servicio bancario es una actividad esencial que debe continuar en funciones durante el período de cuarentena, habida cuenta que  la totalidad de las prestaciones alimentarias  comprendidas en la seguridad social dependen del sistema financiero, con lo cual, la subsistencia fundamental de la persona vulnerable depende directamente de la regularidad del servicio.

De igual modo debe entenderse esencial y necesario el funcionamiento de la Anses, en tanto organismo del cual dependen 18 millones de argentinos sumidos en prestaciones de la seguridad social de carácter esencial y alimentario. Resulta evidente que su funcionamiento no puede ser anulado en un todo, si bien podría restringirse a la atención de las situaciones más urgentes.


Es por ello que solicitamos a las autoridades del Poder Ejecutivo nacional, Secretaría de Seguridad Social, entidades bancarias públicas y privadas y Anses, que dispongan la regularización de los servicios bancario y de la seguridad social, declarando los actividades exceptuadas del aislamiento y cuarentena vigentes, así como que se arbitre medios alternativos de pago de haberes para aliviar el sistema actual ya colapsado en épocas normales.


Exhortamos con gran preocupación a que se tomen las medidas urgentes, pero también suficientes y eficaces, a fin de acordar un trato digno a los adultos mayores y suficiente para cubrir sus necesidades fundamentales en estos momentos de excepcional crisis sanitaria.

Federación Argentina de Colegios de Abogados solicitó medidas al ministro de Economía de la Nación

Compartimos una carta que los representantes de la Federación Argentina de Colegios de Abogados enviaron al responsable de la cartera de Economía, Martín Guzmán, solicitando medidas concretas que alivien la crítica situación económica financiera que atraviesan los abogados que tienen el ejercicio libre de la profesión como medio de vida durante la pandemia de COVID-19.

Nota-Faca-al-Ministro-de-Economía-convertido

Colegio de Abogados no cobrará la cuota de marzo y abril

Así lo decidió el Directorio del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial para colaborar con la situación derivada de la Pandemia de COVID-19.

La intención de los integrantes del Directorio del Colegio es contribuir a que la crisis mundial por el Coronavirus afecte en menor medida a los profesionales del Derecho que se desempeñan en la Primera Circunscripción Judicial. Es por ello que se resolvió no cobrar las cuotas de la matrícula cuyo vencimiento operó en los meses de marzo y abril del 2020.

Medidas de la Justicia Federal de Mendoza sobre la extensión de la Feria

Ponemos a disposición una serie de decisiones que se establecen en la Acordada N° 10.017 del Poder Judicial de la Nación y la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza en virtud de la extensión de la Feria Judicial en virtud de la pandemia por COVID-19.

Ac.-CFAM-10.017-Feria-Extraordinaria

Medidas de la Resolución 49 de la Corte para el Fuero Penal

Ponemos a disposición la Resolución N° 49 del 31 de marzo, implementación de la Ley 9040 con medidas vinculadas a la pandemia por Coronavirus. Los interesados en consultarla en detalle pueden hacerlo aquí debajo.

Resolucion-implementacion-49-ley-9040-tercer-protocolo-Covid19.pdf

Resolución 56 del Ministerio Público Fiscal dispone medidas hasta el 12 de abril

Así lo comunicó el Procurador General a través de la norma que establece que el servicio de justicia se preste en virtud de las decisiones y modalidades de trabajo adoptadas. Las medidas corresponden a las que se establecieron en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, hasta el día 12 de abril del corriente inclusive.

Los interesados en consultar la resolución en detalle pueden hacerlo aquí debajo.

RES-56-20-EXTENSIÓN-AISLAMIENTO-SOCIAL