Daño moral e indemnización a la novia de un joven fallecido en un accidente de tránsito

El juez reconoció legitimación a la novia de un joven fallecido en un accidente vial y le otorgó indemnización por daño moral, al acreditarse un proyecto de vida en común y un embarazo en curso.

El juez reconoció una indemnización por daño moral a una joven que mantenía una relación de noviazgo con un hombre que falleció en un accidente de tránsito, al considerar que su muerte frustró un proyecto de vida en común. La actora se encontraba embarazada del damnificado, circunstancia que fue especialmente valorada por el tribunal.

El siniestro ocurrió en la Ruta Provincial N.º 58, cuando una camioneta invadió el carril contrario y colisionó de frente con la motocicleta conducida por el joven, quien murió en el acto. A raíz del hecho, la novia promovió demanda indemnizatoria por daño moral.

Tanto el conductor y copropietario del vehículo como la aseguradora cuestionaron la legitimación activa de la actora, invocando el artículo 1741 del Código Civil y Comercial de la Nación, que limita el reclamo a ascendientes, descendientes, cónyuge y convivientes con trato familiar ostensible. Sostuvieron que la pareja no convivía y que el vínculo era reciente.

El magistrado rechazó estos argumentos y sostuvo que la legitimación no debe interpretarse de modo restrictivo. Señaló que el ordenamiento jurídico protege toda lesión a un derecho o interés no reprobado por el sistema normativo y que quedó acreditada una relación afectiva real, con un proyecto de vida compartido y un hijo en camino. En este marco, adoptó una interpretación amplia y constitucional del CCCN.

Finalmente, el tribunal condenó a los demandados a pagar 10 millones de pesos a la novia del fallecido por daño moral y 42 millones de pesos al hijo de la pareja por alimentos futuros, lucro cesante y daño moral.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2026/02/12/dano-moral-e-indemnizacion/

Revocación de la donación por incumplimiento del cargo

La Cámara confirmó la revocación de una donación por incumplimiento del cargo, ponderando un doble contexto de vulnerabilidad: perspectiva de género y protección de la persona mayor.

El actor solicitó la revocación de la donación de la nuda propiedad de un inmueble, otorgada con reserva de usufructo vitalicio, por el presunto incumplimiento del cargo impuesto a la donataria, consistente en brindarle asistencia y cuidados personales durante su vida, en atención a su delicado estado de salud. La donataria alegó que el incumplimiento del cargo fue consecuencia exclusiva de la conducta del actor, quien habría ejercido violencia de género en su contra, circunstancia que la obligó a abandonar el inmueble poco tiempo después de concretada la donación.

El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y distribuyó las costas por su orden. La demandada apeló la sentencia y el actor adhirió al recurso en lo relativo a las costas.

La cámara destacó la concurrencia de un doble prisma de vulnerabilidad, derivado de la aplicación conjunta de la perspectiva de género y de los derechos de las personas mayores, como regímenes de protección de igual jerarquía. Por un lado, se encontraba una mujer que alegaba haber sido víctima de violencia de género; por el otro, un hombre adulto mayor, con ceguera parcial y un estado de salud precario, que no podía valerse por sí mismo y que había quedado en situación de desamparo tras el cese abrupto de la convivencia y de los cuidados que motivaron la donación.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2026/01/30/revocacion-de-la-donacion-por-incumplimiento-del-cargo/