Confirman devolución de cargos indebidos por “exceso en el límite de compras” en tarjetas de crédito

La Cámara confirmó que el banco cobró ilegítimamente el cargo por “exceso de límite”, sin servicio real ni información adecuada, constituyendo así un costo financiero prohibido.

La Cámara Comercial Sala C confirmó la sentencia que condenó al Banco Credicoop a restituir a los usuarios de sus tarjetas de crédito las sumas cobradas en concepto de “exceso en el límite de compra”. El Tribunal consideró que dicho cargo era ilegítimo porque el banco no acreditó la existencia de un servicio real, directo y demostrable que justificara su cobro, ni cumplió adecuadamente con el deber de información. Además, el cargo implicaba un incremento del costo financiero prohibido por las normas del BCRA y por la ley de tarjeta de crédito, y configuraba un enriquecimiento sin causa. Se rechazaron los argumentos del banco sobre riesgo asumido y autorizaciones implícitas. El recurso fue desestimado, con costas.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2025/11/25/confirman-devolucion-de-cargos-indebidos/

Se homologa acuerdo entre usuarios de tarjeta de crédito y financiera por el cobro del “cargo por aviso de mora”

Luego de las negociaciones realizadas entre las partes, se alcanzó un acuerdo transaccional en el que se tuvo en cuenta el interés de los usuarios y se dio por finalizada la acción colectiva.

En el marco de una acción colectiva, el Juzgado en lo Civil y Comercial de 31° Nominación de la Ciudad de Córdoba homologó el acuerdo alcanzado entre la ONG Usuarios y Consumidores Unidos y la empresa Banco Dino S.A. (ex Finandino compañía Financiera S.A.).

La asociación civil había cuestionado el cobro del concepto “cargo por aviso de mora” a los usuarios de tarjeta de crédito de todo país por considerar que el cargo transgredía normas legales y reglamentarias. Este ítem incorporado a los resúmenes de cuenta por la entidad bancaria demandada se denominaba “aviso de mora”.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí https://mendozalegal.com/2024/12/20/se-homologa-acuerdo-entre-usuarios-de-tarjeta-de-credito-y-financiera-por-el-cobro-del-cargo-por-aviso-de-mora/