Confirman devolución de cargos indebidos por “exceso en el límite de compras” en tarjetas de crédito

La Cámara confirmó que el banco cobró ilegítimamente el cargo por “exceso de límite”, sin servicio real ni información adecuada, constituyendo así un costo financiero prohibido.

La Cámara Comercial Sala C confirmó la sentencia que condenó al Banco Credicoop a restituir a los usuarios de sus tarjetas de crédito las sumas cobradas en concepto de “exceso en el límite de compra”. El Tribunal consideró que dicho cargo era ilegítimo porque el banco no acreditó la existencia de un servicio real, directo y demostrable que justificara su cobro, ni cumplió adecuadamente con el deber de información. Además, el cargo implicaba un incremento del costo financiero prohibido por las normas del BCRA y por la ley de tarjeta de crédito, y configuraba un enriquecimiento sin causa. Se rechazaron los argumentos del banco sobre riesgo asumido y autorizaciones implícitas. El recurso fue desestimado, con costas.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2025/11/25/confirman-devolucion-de-cargos-indebidos/