La mediación como
método participativo de conflictos aparece como respuesta idónea a
las necesidades del sistema judicial, en cuanto permite el abordaje
de una solución, disminuyendo costos y tiempos de transacción. Con
una mirada superadora podemos subrayar que además de lograr acuerdos
satisfactorios, las partes aprenden a dialogar e incorporan
herramientas para resolver futuros conflictos en la vida cotidiana.
Nuestro Centro de
Mediación trabajará sistemáticamente otorgando a cada uno de los
actores funciones referidas al rol que invisten.
¿POR
QUÉ UN CENTRO DE MEDIACIÓN?
A
veinte años de Mediación en Mendoza, el Colegio de Abogados de la
Primera Circunscripción Judicial estima que ha llegado el momento de
poner en funcionamiento su Centro de Mediación a los efectos de que
este ocupe su lugar histórico, con la confianza de que la Mediación
y los Métodos Participativos de Resolución de Conflictos
constituyen una herramienta fundamental en la co-construcción de
vínculos sociales y con ello de sociedades justas cuyo crecimiento
encuentra su simiente en el diálogo, el consenso y la participación
democrática de sus miembros.
En
sintonía con el Programa “Justicia 2020” del Ministerio de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación, este proyecto se alinea
con uno de sus ejes “Acceso a la Justicia”, que reconoce entre
sus fines principales: a) Lograr el acceso de todas las personas, en
especial aquellas en situación de vulnerabilidad, al sistema de
justicia y brindar la posibilidad de resolver participativamente sus
conflictos; b) Promover la aplicación eficaz de las salidas
tempranas del proceso y los métodos alternativos de solución de
controversias.
El
alto nivel de litigiosidad y judicialización de conflictos, la
demora en la resolución como consecuencia del colapso judicial ante
la gran cantidad de causas existentes, el excesivo costo que implica
para el sistema judicial (partes, abogados, peritos, estado) cada uno
de los procesos judiciales intentados, nos interpelan como datos de
la realidad y sirven de fundamento a nuestra tarea.
Según
el diagnóstico de necesidades jurídicas insatisfechas realizado por
la Subsecretaria de Acceso a la Justicia durante el año 2016, se
destaca la tendencia a la judicialización de nuestra sociedad: casi
un tercio de la población encuestada a nivel nacional manifiesta
haber tenido al menos un problema jurídico en los últimos tres años
y un 54.1% no se consideró capaz de resolver sus problemas jurídicos
mediante sus propias capacidades o conocimientos.
Como
respuesta a esta realidad y en sintonía con un proceso que vive
nuestra provincia, mediante el cual, en los ámbitos laboral y
familiar, se toman medidas para reducir la judicialización de los
conflictos y se apuesta decididamente a la resolución participativa
de los conflictos, aparece la propuesta de poner en funcionamiento
este centro de mediación, abriendo camino hacia la cultura de la
paz.
¿QUÉ
SERVICIO OFRECEMOS?
El/la
mediador/a se encargará de dirigir el dispositivo
de
la mediación en todas sus instancias, acompañando a las partes,
quienes como protagonistas del proceso deberán trabajar en la
autocomposición de sus intereses. Siendo el letrado patrocinante que
acompaña a las partes, un importante auxiliar en la tarea del
mediador, asistiendo jurídicamente a su cliente cuando sea necesario
y oportuno en el marco de la mediación.
El
Centro de Mediación del Colegio de Abogados de la Primera
Circunscripción Judicial ofrecerá como servicio un primer acceso a
justicia con un mínimo arancel, profesionales formados con
experiencia en mediación dentro de las instalaciones del colegio de
abogados, oportunidad y rapidez en la gestión de los conflictos,
gestión en la homologación de los acuerdos a los que se arriben y
seguimiento de los mismos.
ACERCA
DEL CENTRO DE MEDIACIÓN.
¿Dónde
funcionará?
En
la sede del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera
Circunscripción de Mendoza situado en calle Pedro Molina 447,
Ciudad, Mendoza.
¿Cuándo
comenzará a funcionar?
El
Centro comenzará a funcionar en Marzo del 2020.
¿Se
requiere patrocinio letrado?
Si
de ambas partes. Es decir, que tanto el requirente como el invitado a
la mediación, debe concurrir a la misma con un abogado patrocinante.
¿Cuál
es la competencia del centro o en qué casos entenderá el centro de
mediación?
Conforme
establece el art. 2 del Reglamento de creación del Centro de
Mediación son
mediables todos los conflictos que se susciten entre dos o más
partes.
Los
límites del dispositivo de mediación son:
-
En
cuanto al mediador/a, cuando por cuestiones personales, el mismo no
pueda ser capaz de cumplir con la característica de la
multiparcialidad.
-
Cuando
las partes no estén en pie de igualdad para participar en un
diálogo colaborativo.
-
Cuando
por la materia u objeto del conflicto, no se pueda someter a
mediación, conforme a las leyes y reglamentos vigentes.
-
Cuando
se vean afectados derechos e intereses de terceros no participantes.
-
Cuando
se detecte en algunos de los participantes defectos en el
consentimiento.
-
Casos
en los que los vínculos de los participantes impidan la posibilidad
de trabajar colaborativamente.
¿Cómo
obtengo un turno para acceder a una mediación?
El
requirente (particular o letrado) concurrirá al centro y solicitará
un turno para mediación efectuándose en dicha oportunidad la
entrevista de admisión en el que se estipulará día y horario para
la mediación.
En
dicha oportunidad, el centro pondrá en movimiento el dispositivo
elegido, citando a la otra parte a la primera reunión de mediación
e indicándole los requisitos de la misma. (pago de honorarios,
patrocinio letrado obligatorio).
¿CÓMO
PUEDO SER PARTE DEL CENTRO DE MEDIACIÓN?
A
modo introductorio es necesario destacar que existen dos pasos en lo
referido a la postulación para ser parte del centro de mediación:
- Primer paso: Postularse como aspirante en las fechas indicadas. Cumplidos los requisitos pasa a ser parte del registro PROVISORIO de mediadores.
- Segundo paso: El Colegio pondrá a disposición de todas las personas inscriptas en el registro provisorio las oportunidades para cumplir los requisitos para ingresar al registro DEFINTIVO de mediadores.
¿Qué
requisitos tengo que cumplir para postularme al Registro PROVISORIO
de mediadores?
El
art. 9 del Reglamento del Centro de Mediación, establece que para
ejercer como mediador/a, el abogado debe cumplir con los siguientes
requisitos:
- a) Título de abogado con tres años de ejercicio de la profesión y encontrarse al día con el pago de aranceles del Colegio de Abogados;
- b) Título de mediador acreditado mediante certificado habilitante otorgado por una institución formadora de mediadores avalada por el Ministerio de Justicia de la Nación con un año de antigüedad;
- c) Acreditar haber realizado un curso o jornada vinculado a los métodos participativos de resolución de Conflictos en el último año;
¿Qué
requisitos debo cumplir para ser parte del Registro DEFINITIVO de
mediadores?
- d) Asistir trimestralmente a la clínica de casos que se realice en el Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Mendoza, a fines de capacitar y actualizar los conocimientos; (es dable aclarar que para incorporarse al Registro definitivo, se debe asistir a la primera clínica de casos dictada por la coordinación del centro, mientras que para permanecer, se debe asistir a las clínicas trimestrales).
- e) Hacer el curso nivelatorio teórico que sentará las bases iniciales para brindar a los aspirantes una actualización de los principios de la mediación. El curso será dictado por el Colegio conforme un programa autorizado por el Directorio. El cual consta de un mínimo de 20 horas reloj;
- f) Tener acreditadas, previamente a comenzar a trabajar en el Centro de Mediación, 20 horas de prácticas profesionales en un centro de mediación público. En caso de no contar con este requisito deberá cumplimentarlos por medio de un Convenio Marco que será firmado por las Autoridades del Colegio de Abogados y por el organismo respectivo.
¿Cuál
es el plazo para presentar la documentación que acredite el
cumplimiento de los requisitos para la postulación como aspirante?
El
plazo es del 16 al 27 de diciembre, exceptuando los días 24 y 25 en
los cuales no se recepcionará ninguna postulación.
¿Cómo
debe presentarse la documentación?
Debe
comprenderse que hay dos etapas:
- Presentación de la documentación en formato virtual. La primera etapa que va del 16 al 27 de diciembre, debe enviarse la documentación reunida en un sólo pdf a la dirección de correo: centrodemediación@colabogmza.com.ar
- Presentación de la documentación en formato papel. La segunda etapa es de validación de datos que va del 3 al 7 de febrero donde las personas que cumplen los requisitos para ser aspirantes al centro de mediación serán citados a presentar la documentación en copia certificada.
¿Qué
pasará luego de la etapa de validación?
Luego
de la etapa de validación, se creará el registro de aspirantes al
centro de mediación, habilitando una etapa para que puedan cumplir
con los requisitos que se necesitan para conformar el Registro
definitivo de mediadores, a saber: cumplir con el curso nivelatorio,
cumplir 20 horas de práctica en un centro de mediación público y
asistir a la primera clínica de casos.
Las
personas
que hayan cumplimentado estos requisitos pasarán a conformar el
Registro definitivo de mediadores del Centro de Mediación del
Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción de
Mendoza.