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Un fallo sobre la Ley de Riesgos del Trabajo y el rechazo del daño moral está disponible en Mendoza Legal

Es una sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. Se puede consultar el texto completo en www.mendozalegal.com o aquí debajo.

Mendoza Legal es el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza. Una de sus últimas publicaciones ofrece un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de la instancia anterior en cuanto había hecho lugar a la demanda entablada por la actora a fin de obtener las prestaciones dinerarias propias de la ley 24.557 de Riesgos del Trabajo a raíz del accidente in itinere que sufrió y confirmó la procedencia de la asignación de una partida especial para atender el daño moral de la demandante, ponderando los detalles perturbadores del siniestro.

Ante el recurso extraordinario interpuesto por la aseguradora, la Corte dejó sin efecto la sentencia impugnada. Señaló que el sistema especial contemplado en la ley 24.557 no prevé el otorgamiento de partidas especiales para indemnizar el perjuicio en cuestión, sin que obste a ello que el daño moral pueda ser reclamado contra el sujeto responsable de su producción mediante una acción fundada en el ordenamiento civil.

Los interesados pueden consultar el texto completo en: http://mendozalegal.com/2023/06/29/la-ley-de-riesgos-del-trabajo-y-el-dano-moral/

Abren concursos para cubrir vacantes judiciales en Chubut

Corresponden a distintos Tribunales, Cámaras y Juzgados. En la nota está disponible el enlace para conocer más sobre cada uno. Las inscripciones están abiertas hasta el 11 de julio.

El Consejo de la Magistratura de la provincia de Chubut llamó a concursos públicos de antecedentes y oposición para cubrir los siguientes cargos pertenecientes al Poder Judicial de esa provincia:

  • “Fiscal General, para la ciudad de Rawson” (dos cargos).
  • “Fiscal General, para la Unidad Especial de Delitos contra la Administración Pública” (Trelew – Rawson).
  • “Fiscal General, para la ciudad de Trelew”
  • “Fiscal General, para la ciudad de Comodoro Rivadavia” (dos cargos).
  • “Fiscal General, para la Localidad de Lago Puelo” (dos cargos).
  • “Fiscal General, para la ciudad de Puerto Madryn”.
  • “Asesor de Familia, para la ciudad de Trelew”.
  • “Juez Penal, para la ciudad de Sarmiento”
  • “Juez Penal, para la ciudad de Rawson”
  • “Juez Penal, para la ciudad de Trelew”.
  • “Defensor Penal, para la ciudad de Comodoro Rivadavia”.
  • “Juez de Paz Letrado, para la ciudad de Puerto Madryn”.
  • “Juez de Paz Letrado, para la ciudad de Trelew”, Juzgado N° 2.
  • “Juez de Paz Letrado, para la ciudad de Esquel”.
  • “Juez de Paz Letrado, para la ciudad de Rawson”.
  • “Juez de Paz Primer Suplente para la Localidad de El Maiten”.
  • “Juez de Paz Segundo Suplente para la Localidad de El Maiten”.
  • “Juez de Paz Primer para la Localidad de Rio Mayo”.
  • “Juez de Paz Segundo Suplente para la Localidad de Rio Mayo”.

Además, abogados y funcionarios Judiciales en actividad de la Provincia del Chubut y/o abogados, magistrados y funcionarios retirados y jubilados de la Provincia del Chubut podrán inscribirse para dos cargos de Juez Laboral de Refuerzo para la ciudad de Comodoro Rivadavia y uno de juez para el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Refuerzo para la ciudad de Esquel.

Los interesados tendrán tiempo de postularse hasta el 11 de julio, a las 13 hs, en la sede del Consejo de la Magistratura, sita en calle San Martín Nº 295, de la ciudad de Sarmiento (9020).

Requisitos

Para ser Juez, Fiscal, Defensor o Asesor de Familia se requiere ser ciudadano argentino, tener título de abogado y acreditar cuando menos siete años de ejercicio como tal, como Magistrado o como Funcionario Judicial…”. (Art. 164 de la Constitución Provincial).

Para ser Juez de Paz Letrado: “…se requiere ser ciudadano argentino, mayor de edad, vecino del Departamento, desempeñar alguna actividad lícita y tener título de Abogado y acreditar cuando menos siete años de ejercicio como tal, como Magistrado o como Funcionario Judicial”. (Art. 185 de la Constitución Provincial).

Para ser Juez de Paz: “…se requiere ser ciudadano argentino, mayor de edad, vecino del Departamento y desempeñar alguna actividad lícita”. (Art. 185 de la Constitución Provincial).

El reglamento de Concursos se encuentra disponible en la página web www.conmagchubut.gov.ar y asimismo puede ser requerido telefónicamente al 0297-4892362 o vía mail: mesadeentrada@conmagchubut.gov.ar

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