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Acordada 29.904 dispone los horarios de atención durante febrero

Lo definió la Suprema Corte de Justicia de Mendoza con fecha 28 de enero de 2021. A través de la normativa se resuelven los horarios de ingreso del personal y los de atención al público durante el mes de febrero de 2021. De igual modo la atención de los profesionales se mantendrá con el sistema de turnos.

Los interesados en consultar el texto completo pueden hacerlo aquí debajo.

ACORDADA N° 29904

Mendoza, 28 de enero de 2021

VISTOS:

La emergencia sanitaria (pandemia COVID- 19), su estado de situación actual y teniendo en cuenta las decisiones de los gobiernos nacional y provincial, y lo dispuesto en acuerdos anteriores (Acordadas 29.526, 29.528, 29.529, 29.530, 29.531, 29.532, 29.540, 29.550, 29.561, 29.569, 29.573,29.574, 29.587, 29.596, 29.601, 29.622, 29.681, 29.719, 29803, 29.840 y cc);

CONSIDERANDO:

Que, por decisión de esta Suprema Corte, se han adoptado medidas tendientes a que el sistema de Justicia en la Provincia, en el marco de la situación de excepción que estamos atravesando, siga prestándose, con las limitaciones que imponen los protocolos sanitarios, que impactaron no solo en la circulación de los ciudadanos, sino en la disposición del recurso humano afectado a la prestación del servicio, en vista a las excepciones de trabajo presencial dispuestas por la normativa nacional vigente.

Que en tal marco se avanzó en la atención de los profesionales eliminando la exigencia de presentación del DNI para obtener el turno de atención, ampliándose la atención de lunes a viernes de 9 a 14 hs.

Que en el marco actual resulta pertinente modificar el actual horario de ingreso y egreso del personal del Poder Judicial, retomando el horario normal, disponiendo en consecuencia que a partir del 1 de febrero de 2021 el horario de ingreso y egreso del personal del poder judicial – turno matutino – de 7:30 hs a 13:30 hs; y el horario vespertino de 14:00 hs. a 20:00 hs., debiendo desinfectarse las dependencias entre turno y turno.

Que en cuanto al horario de atención al público será en el turno matutino de 8:00 hs. a 13:00 hs., y en el turno vespertino de 14:30 a 19:30 hs.

Que, en relación a la marcación en los relojes biométricos, es necesario compatibilizar la utilización de los mismos con los protocolos sanitarios vigentes, debiendo instruirse a Secretaria Administrativa para que en el término de quince días realice las adecuaciones correspondientes en todos los edificios del Poder Judicial de la Provincia.

Que los administradores, secretarios y/o jefes de oficina, tendrán a su cargo la distribución del personal cumpliendo los protocolos sanitarios para mantener el distanciamiento social adecuado; debiendo solicitar a Secretaría Administrativa todos los elementos necesarios para el cumplimiento de tales protocolos.

Que en relación a la atención de los profesionales mediante TURNOS, es conveniente mantener tal modalidad sin perjuicio de aumentar la cantidad de turnos que se otorgan por hora. No obstante, en aquellos lugares que se incrementó en forma suficiente la presencialidad es pertinente exceptuar la modalidad de atención por turnos.

Que, respecto a la realización de audiencias, a fin de asegurar el cumplimiento de las mismas en las fechas fijadas, el Tribunal o Administrador deberá realizarla de manera remota, presencial o semipresencial, haciendo uso para tal fin de los protocolos vigentes.

Por todo lo expuesto, conforme lo dispuesto en el artículo 144 inc. 1 de la Constitución Provincial, Ley 4969 y demás normativa vigente, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza en pleno de Ministros,

RESUELVE:

  1. DISPONER que a partir del 1 de febrero de 2021 el HORARIO DE INGRESO y EGRESO DEL PERSONAL del Poder Judicial será de 7:30 hs a 13:30 hs, y en las dependencias que cuentan con turno vespertino será de 14:00 hs. a 20:00 hs.
  2. DISPONER que a partir del 1 de febrero de 2021 el HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO en todas las dependencias del Poder Judicial será de 8:00 hs. a 13:00 hs., y en las dependencias que cuentan con turno vespertino será de 14:30 hs. a 19:30 hs.
  3. INSTRUIR a la Secretaría Administrativa a fin de que en el plazo de 15 días arbitre los medios pertinentes para la habilitación de los sistemas biométricos de marcación en todas las dependencias del Poder Judicial, debiendo a tal fin contarse con las medidas sanitarias pertinentes.
  4. MANTENER la modalidad de atención de los profesionales mediante TURNOS, debiendo incrementarse los mismos por hora en un 20%, y gestionarse, sin excepción, mediante la aplicación PJM-ExPreS, salvo en los siguiente Tribunales respecto de los cuales no resultara obligatorio el uso de la aplicación a tal fin:

a.- Primera Circunscripción Judicial: Todas las Cámaras de Apelaciones en los Civil y Familia, Juzgado de Paz Letrado y Contravencional de Uspallata.

b.- Segunda Circunscripción Judicial: en General Alvear: – 3 Juzgado en lo Civil, Juzgado de Familia, Juzgados de Paz Letrado y Contravencional de Bowen, Real del Padre, Villa Atuel, Monte Coman y el Juzgado Penal Colegiado N 2. En Malargüe: 6 Juzgado Civil, Juzgado de Familia, Juzgado de Paz, Tributario y Faltas y Juzgado Penal

b.- Tercera Circunscripción Judicial: los Juzgados de Paz Multifuero de La Paz, Santa Rosa, La Dormida, Rivadavia y Palmira.

c.- Cuarta Circunscripción Judicial, todos los Tribunales.

  1. DISPONER que las audiencias se realicen de manera remota, presencial o semipresencial, conforme los protocolos vigentes, con el objeto de asegurar la realización de las mismas en las fechas fijadas
  2. DELEGAR en la Sala Administrativa las decisiones urgentes e instrumentales necesarias a los fines del cumplimiento del presente Acuerdo.

Regístrese. Notifíquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Archívese.

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