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Solicitan ampliación de nómina de procesos judiciales a la Corte

Así lo hizo el Colegio de Abogados de Mendoza a la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, en el marco de la extensión del asilamiento social por la pandemia de COVID-19.

El Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, conforme publicación realizada recientemente por nuestra institución, exhortamos a las autoridades de nuestra SCJM, en el marco del respeto y cumplimiento de lo dispuesto mediante DNU por el Presidente de la Nación Argentina, ratificada en el día de ayer, confirmada por nuestro Gobierno Provincial, referido a la obligación de aislamiento social por encontrarnos en una delicada etapa de contagio del COVID-19, preservando así principalmente la salud de nuestros colegiados, tengan a bien ampliar la nómina de los procesos judiciales a los fines de posibilitar su tramitación procesal por las vías establecidas por vuestra Acordada N° 29.508 de fecha 31 de marzo del 2020.


En este sentido solicitamos en forma meramente enunciativa, se institucionalicen las audiencias on line en todos los fueros, mediante la utilización de cualquiera de las plataformas actualmente disponibles, destacando el notorio retraso de esta aplicación en el ámbito de familia, sin perjuicio de conocer certeramente que es el fuero con mayores exceptuados al momento de poder comparecer presencialmente en caso de resultar necesario para permitir avanzar en este desafío en el que nos encontramos y que todos debemos enfrentar.

Asimismo solicitamos se incluyan dentro del protocolo de extensión reclamado, los procesos aptos para ser llevados en forma remota tales como audiencias iniciales, audiencias finales sin testigos, ejecución de honorarios, ejecución de sentencias, amparos, levantamientos, cumplimientos y reinscripción de medidas cautelares, dictado de sentencias, procesos de alimentos, divorcios bilaterales, homologaciones en cualquier tipo de procesos, medidas urgentes de familia que posibiliten el restablecimiento del contacto de los hijos con sus progenitores no convivientes mediante la utilización de cualquier medio tecnológico, percepción de capital en procesos con sentencia firme mediante transferencias bancarias a favor de los justiciables y de honorarios por parte de los profesionales actuantes, la sustanciación de recursos de apelación y extraordinario provincial en segunda instancia y ante la SCJM,demandas próximas a prescribir, y todo otro proceso que, por sus cualidades especiales y de urgencia, deban ser admitidas en cada fuero.

En otro orden pedimos que se evalúen distintas alternativas que, sin exponer a nuestros profesionales del foro, permitan agilizar la obtención de la firma digital de nuestros colegiados para avanzar en este sentido al momento oportuno de su implementación, dejando ofrecidas nuestras instalaciones y personal capacitado a fin de poner a vuestro servicio y acelerar la obtención de la firma digital por parte de nuestra colegiatura.

Para finalizar solicitamos se autorice mediante pedido expreso al Gobierno Provincial a fin que por su digno intermedio solicite al Ejecutivo Nacional la posibilidad de obtener por una única vez y de manera excepcional el permiso para circular de abogados y procuradores del foro y así proceder al retiro de los implementos tecnológicos necesarios para poder trabajar de manera remota desde sus hogares y que se encuentran en sus respectivos estudios jurídicos a saber: computadoras, notebooks, impresoras, escaners, carpetas de clientes, bibliografía necesaria, documentación en general, entre otros, otorgando 4 horas -de 8 hs a 12 hs- durante uno o dos días consecutivos de la semana próxima -martes 14 y /o miércoles 15-, y con la debida antelación a los fines de poder brindar la comunicación necesaria a estos fines solicitados y posibilitar hacernos del material de trabajo.

Resolución 58 del Ministerio Público Fiscal dispone medidas hasta el 26 de abril

Así lo comunicó el Procurador General a través de la norma que establece que el servicio de justicia se preste en virtud de las decisiones y modalidades de trabajo adoptadas. Las medidas corresponden a las que se establecieron en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, hasta el día 26 de abril del corriente inclusive.

Los interesados en consultar la resolución en detalle pueden hacerlo aquí debajo.

RES-58-20-NUEVA-EXTENSION-AISLAMIENTO-SOCIAL_firmado

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