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Retomarán traslados de personas privadas de libertad para debates presenciales

Así lo informaron el coordinador del fuero Penal, José Valerio y el director del Servicio Penitenciario, Eduardo Orellana. A ello se suman directivas sobre realización de audiencias.

El Servicio Penitenciario de Mendoza retomará al traslado de personas privadas de libertad, para audiencias de debates en las cuatro circunscripciones judiciales de la provincia.

Lo comunicaron José Valerio y Eduardo Orellana luego de una reunión. Del mismo modo establecieron directivas respecto de audiencias presenciales, mixtas y remotas. El texto completo de la comunicación se puede consultar debajo.

DIRECTIVA – FUERO PENAL COLEGIADO

Mendoza, 20 de abril de 2022.

I.-La reunión mantenida entre el Ministro Coordinador del Fuero Penal, Dr. José Valerio y el Director del Servicio Penitenciario de Mendoza, Eduardo Orellana, en la cual el servicio penitenciario informó que se encuentra en condiciones de retomar el traslado de personas privadas de su libertad para la realización de debates presenciales en las cuatro circunscripciones judiciales.

II.-Que desde el inicio de la emergencia sanitaria por la pandemia Covid 19 se inició el sistema de audiencias remotas a través de medios telemáticos, y a medida que las restricciones de movilidad de las personas fueron reduciéndose se pudo retomar la presencialidad en las actividades. (Ac.N° 30.183)

III.-Que sin embargo desde el regreso al trabajo presencial como regla, fuera del ámbito del Poder Judicial continuaron ciertas restricciones motivadas en la pandemia, que en lo que afecta al fuero penal, se materializaron en el traslado limitado de personas privadas de libertad para actividades presenciales.

IV.-Que por ello, el fuero penal continuó con su trabajo de audiencias utilizando un modelo mixto para su celebración, es decir alternar entre audiencias presenciales como semipresenciales (y en algunos casos remotas) teniendo en cuenta la posibilidad o no de contar con personas privadas de su libertad en las salas de audiencias.

V.-Que si bien el Servicio Penitenciario retomará al traslado de personas privadas de libertad, para audiencias de debates principalmente, se advierte la necesidad de continuar con el modelo de trabajo de audiencias mixto a fin de dar a los administradores de cada OGAP la totalidad de herramientas posibles para cumplir con el mandato del art. 12 de la ley 9040 “garantizar …estándares de calidad en la gestión y eficiencia en el servicio judicial utilizando para ello todos los medios disponibles que permitan optimizar la función de los Jueces.”

VI.-Que en base a lo expuesto, resulta necesario ordenar a los Juzgados y Tribunales Penales Colegiados que todo debate oral sea realizado en forma presencial, debiendo justificar el administrador de la oficina judicial correspondiente si el mismo, o alguna parte de éste deba realizarse en forma semipresencial o completamente remota.

VII.-Por ello, el Ministro Coordinador del Fuero Penal ordena a los Administradores de las Oficinas Judiciales del Fuero Penal que deberán justificarse e informarse a través de la Secretaría de Modernización aquellos debates o audiencias de ellos que se realicen en forma remota o semipresencial. Quedan autorizados a la fijación de audiencias remotas o semipresenciales en aquellos tipos de audiencia que no requieran declaración de testigos.

Fdo. Dr. José Valerio
Ministro Coordinador Fuero Penal
Suprema Corte de Justicia

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