Noticias

Tasa de Interés moratorio conforme el portal de liquidaciones de Tribunet 

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirma la forma de computar y traducir a tasa de interés la evolución del índice UVA Ley 9041.

La Sala Primera de la Suprema Corte de Justicia debe responder si es arbitraria o normativamente incorrecta la resolución de Cámara que, confirmando la decisión de primera instancia, aprueba la liquidación practicada por el Tribunal a los fines de determinar la base para la regulación de honorarios complementarios de los letrados intervinientes y entiende que deben aplicarse los intereses previstos por la Ley N° 9041, esto es la tasa de interés moratorio equivalente a la evolución de la serie de la Unidad de Valor Adquisitivo (U.V.A.) que publica el Banco Central de la República Argentina, utilizando una fórmula para el cálculo según la evolución diaria del UVA.

Cuestiona el recurrente la formula aplicada de la Ley 9041 conforme el portal de liquidaciones de Tribunet del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial y sostiene que efectúa una indexación del crédito prohibida por la ley.

Entiende el Juez preopinante, a cuyo voto adhieren los demás, que los agravios deducidos en torno a la fórmula utilizada resultan improcedentes. Explica entonces que, en el marco de la instancia extraordinaria en trámite, el Tribunal debe fundar su decisión en función del resultado que arroje el examen de razonabilidad respecto a los montos a los que se ha arribado en el caso concreto, toda vez que de eso trata el recurso.

En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2025/06/19/tasa-de-interes-moratorio-conforme-el-portal-de-liquidaciones-de-tribunet/

Tribunales

Agenda

19

DIC

18:00
Reunión Derecho Informático
19

DIC

18:00
Reunión Comisión Filosofía y Ética
19

DIC

15:00
Reunión Comisión Previsional