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Medidas adoptadas por el Poder Judicial de Mendoza

Compartimos la comunicación oficial del Poder Judicial para conocimiento de nuestros matriculados.

En consonancia con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Ministerio de Salud de la Nación y el Gobierno de Mendoza, desde el Poder Judicial de Mendoza se tomaron diversas medidas a fin de acompañar los esfuerzos que se vienen realizando en materia de prevención de salud, así como también contribuir a disminuir las posibilidades de contagio de Coronavirus.

En este sentido se informa a la sociedad que, de forma conjunta la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio de la Defensa Pública y Pupilar decidieron que desde el 17 de marzo y hasta el 31 de ese mes no asistan a sus puestos de trabajo aquellas personas que:

  1. Tengan más de 60 años
  2. Embarazadas
  3. Personas con depresión inmunológica de cualquier origen , así como también quienes padezcan diabetes, insuficiencia renal, hipertensión, patologías cardiovasculares, trasplantados, pacientes oncológicos, personas con patologías respiratorias crónicas o cursando infecciones respiratorias.
  4. También se eximirá de prestar servicios a aquellas personas que tengan hijos en edad escolar. En caso de que ambos progenitores trabajen en el estado, solo uno de ellos podrá pedir la excepción.
  5. Magistrados, empleados, funcionarios que tengan un familiar conviviente que arribe o haya arribado al país dentro de los últimos 14 días provenientes de zonas de transmisión de Coronavirus.

Es importante destacar que las indicaciones de licenciamiento, al ser dinámicas, podrán ser modificadas según la variación del contexto epidemiológico y las recomendaciones oficiales. Así también se recuerda que las personas que no concurran a su puesto de trabajo deberán guardar estricta cuarentena en sus hogares, ya que el licenciamiento se otorga como una medida excepcional para resguardo de la salud pública y no a los fines recreativos.

Suprema Corte de Justicia de Mendoza

Para el caso concreto de la Suprema Corte de Justicia, se determinó suspender desde el 17 de marzo y hasta el 31 de ese mismo mes, la atención al público en todas las circunscripciones judiciales de la provincia de Mendoza. Quedan exceptuados aquellos casos que por su urgencia no puedan se retrasados.

Esta suspensión en la atención al público conlleva a la suspensión de plazos procesales en todos los fueros e instancias dentro del Poder Judicial de Mendoza por el mismo lapso de tiempo. De esto queda exceptuado las actuaciones judiciales que de no realizarse puedan causar un perjuicio, como puede ser el caso de protección de personas, situaciones de libertad, detenciones, prisiones preventivas, medidas cautelares en materia de violencia sobre mujeres, niños, niñas y adolescente u otras que no admitan dilaciones.

En Conferencia de prensa, el presidente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, Jorge Nanclares, anunció que los Ministros del máximo tribunal que se encuentren dentro del grupo de riesgo, quedarán en cuarentena.

Finalmente se dispuso la restricción de circulación en los edificios del Poder Judicial para toda persona que no sea expresamente citada o que requiera la actuación de la presentación de justicia conforme a las excepciones dispuestas anteriormente.

Ministerio Público Fiscal

El procurador general de la Corte, Alejandro Gulle, en lo inherente al Ministerio Público Fiscal, restringir al máximo la atención al público en todas las dependencias, pudiendo ingresar exclusivamente :

  • Victimas de delito
  • Denunciantes
  • Personas debidamente citadas
  • Abogados
  • Personal policial
  • Personal Penitenciario

El personal del MPF estará afectado a la prestación de guardias mínimas. También dispuso que todos los Fiscales Jefes de las distintas Unidades Fiscales de toda la provincia deberán organizar el personal que preste funciones en las dependencias de sus respectivos cargos.

“Se instruyó a todos los fiscales poner especial atención y disposición en el trabajo conjunto con el personal policial para imputar a todas aquellas personas que se encuentren en cuarentena y violen este estado de seguridad. Se los va a investigar por el delito sancionado por el Artículo N° 205 (prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia) y N° 239 (prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones) del Código Penal”, remarcó durante la conferencia de prensa el Procurador General de Corte, Alejandro Gullé.

Ministerio de la Defensa Pública y Pupilar

La Defensora General, Mariana Silvestri, explicó que se adhiere tanto a la acordada dictada por la Suprema Corte, como a la resolución del Procurador General.

En este caso el Ministerio de la Defensa y Pupilar decidió suspender en toda la provincia la atención personal al público desde hoy y hasta el 31 de marzo, quedando exceptuados de esta medida los casos en que por la urgencia, no admita aplazamiento, debiendo adoptar para tal situación las medidas higiénico-sanitarias pertinentes.

Tribunales

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19

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19

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