La Justicia de Córdoba aplicó la responsabilidad objetiva escolar, reconoció una relación de consumo y ordenó indemnizar integralmente a la estudiante lesionada.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de 51.ª Nominación de Córdoba hizo lugar a la demanda promovida por una joven que sufrió graves quemaduras durante un experimento realizado en una clase de química cuando tenía 17 años. La práctica, conocida como “la serpiente del faraón”, provocó una explosión y una expansión ígnea que afectó principalmente su rostro, cuello, torso y manos, ocasionándole lesiones físicas y psíquicas permanentes y la necesidad de múltiples intervenciones quirúrgicas.
El tribunal encuadró el caso en el régimen de responsabilidad objetiva agravada de los establecimientos educativos previsto por el artículo 1767 del Código Civil y Comercial. Consideró que la conducta de otra alumna no constituyó un caso fortuito capaz de interrumpir el nexo causal y tuvo por acreditado que el colegio carecía de elementos y protocolos de seguridad adecuados para desarrollar la experiencia. Asimismo, reconoció la existencia de una relación de consumo y aplicó los principios de protección, seguridad, trato digno y colaboración procesal.
Los interesados pueden acceder al fallo completo en: https://mendozalegal.com/2026/10/23/indemnizacion-a-una-alumna-por-graves-quemaduras/