Será a partir del 10 de febrero, en el ámbito de la Subsecretaría de Justicia dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia.
Conforme el Decreto Reglamentario N° 123 y Anexos, publicado en el Boletín Oficial el día 31/01/2025, la Oficina de Conciliación Civil y Comercial entrará en funcionamiento en la Provincia de Mendoza, a partir del día 10 de febrero del 2025.
Quienes requieran más información pueden ingresar al sitio web del Ministerio de Seguridad y Justicia, pestaña Justicia/Oficina de Conciliación Civil y Comercial, en donde se encuentra a disposición el Manual de Usuario de Abogados del Sistema de Gestión Electrónica de Conciliación.
Asimismo, encontrarán Ley 9388 y su Decreto Reglamentario 123 en donde se determina las materias que están sujetas a la instancia de Conciliación Prejudicial obligatoria.
Link de acceso: https://www.mendoza.gov.ar/seguridad/justicia/oficina-de-conciliacion-civil-y-comercial/
DECRETO-N°-123-25 Manual-de-Usuario-para-Abogados-v10_250131_124727