La Corte revocó sentencia de la Cámara que admitió la acción declarativa de certeza iniciada por una empresa que denunciaba la incertidumbre sobre la existencia de un marco jurídico vigente para el servicio público de transporte automotor de pasajeros, ante la sanción del Digesto Jurídico Argentino (DJA).
La Cámara admitió la acción declarativa de certeza iniciada por una empresa que denunciaba la incertidumbre sobre la existencia de un marco jurídico vigente para el servicio público de transporte automotor de pasajeros, ante la sanción del Digesto Jurídico Argentino (DJA), que le causaba lesión a su derecho de trabajar, comerciar y ejercer industria lícita.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó esa sentencia. Expresó que de la lectura de la ley 26.939 y de los antecedentes de los debates para su sanción, se desprende que se había previsto un circuito como condición necesaria para que el Digesto Jurídico Argentino fuera operativo y que la publicación de los Anexos se debía a la necesidad de someterlos al período de observaciones, pero, sin embargo, el procedimiento no se cumplió y el camino se alteró.
En Mendoza Legal, el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza, los interesados pueden consultar el fallo completo haciendo clic aquí: https://mendozalegal.com/2025/01/03/falta-de-operatividad-del-digesto-juridico-argentino/