Es una resolución del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza donde se rechaza readecuar un mutuo hipotecario por no acreditar excesiva onerosidad. El texto está disponible en www.mendozalegal.com o aquí debajo.
Mendoza Legal es el sistema integrado de información jurídica del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza. Una de sus últimas publicaciones ofrece un fallo del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza.
Una mujer promovió un proceso sumarísimo por acciones derivadas de la ley de Defensa del Consumidor contra el Banco de la Nación Argentina para que se ordene a este último la readecuación del contrato por “haberse tornado el mismo de difícil cumplimiento”, ordenándose también la eliminación del índice de actualización en Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) y la sustitución por una tasa fija. Peticionó, además, considerar como parámetro de readecuación del contrato el Coeficiente de Variación Salarial (CVS) toda vez que, si bien no es utilizado en la actualidad como parámetro/índice de actualización del capital otorgado, es mencionado en la cláusula cuarta del contrato hipotecario acompañado. Sostuvo que el “aumento exorbitante e imprevisto” de la inflación “encareció desmedidamente la cuota”.
Los interesados pueden consultar el fallo completo en: https://mendozalegal.com/2023/11/23/se-rechaza-readecuar-un-mutuo-hipotecario-por-no-acreditar-excesiva-onerosidad/