El 10 de diciembre se celebra el Día de los Derechos Humanos, coincidiendo con la adopción en 1948 de la Declaración Universal de Derechos Humanos. Documento que proclama derechos inalienables inherentes a todas las personas, sin importar su raza, color, religión, sexo, idioma, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, propiedades, lugar de nacimiento, ni ninguna otra condición.
Para Naciones Unidas los días Internacionales brindan la oportunidad de sensibilizar y dar a conocer problemas sin resolver que precisan la puesta en marcha de medidas políticas concretas.
Después de un año marcado por la celebración del 30º aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño, y del 50° aniversario de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, resulta de interés de la Comisión de Derechos Humanos destacar la importancia de promover el cumplimiento de los compromisos internacionales que el Estado ha asumido para garantizar el acceso a la justicia de las personas en situación de vulnerabilidad.
La justicia mendocina ha dado un paso sustancial en este sentido a fines de noviembre en la condena por abusos sexuales a niños y niñas con discapacidad, reconociendo expresamente el valor de los testimonios de personas sordas e hipoacusicas, utilizando ajustes razobles para su empoderamiento, como la utilización de intérpretes y la transcripción de las audiencias para quienes preferían su lectura.
Normativamente, existen herramientas para continuar en este camino. Argentina es Estado Parte en la Convención regional y Universal en materia de discapacidad, la CSJN le ha brindado obligatoriedad a las Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad (acordada 05/2009) y la provincia ha generado regulación orientada en igual sentido (acordada N° 24023 SCJ Mza)
Sin embargo, en la práctica las falencias siguen siendo de importancia.
Los estándares que se desprenden de aquellos compromisos internacionales, indican que es esencial comprender las necesidades de cada tipo de discapacidad y adecuar a ellas las decisiones que las involucren. Aún existe una deuda desde lo edilicio, estructural, lingüístico, y obstáculos socioculturales que mantienen elevada la barrera del sistema de justicia para personas con discapacidad.
El acceso a la justicia es un principio básico del Estado de derecho. Sin él, las personas no pueden hacer oír su voz, ejercer sus derechos o hacer frente a la discriminación.
Sentencia como la mencionada deben funcionar como punto de partida para romper definitivamente las barreras entre discapacidad y justicia, sirviendo de guía para el respeto y garantía constante de su autonomía y participación en las acciones judiciales que las tengan como protagonistas.